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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>BREA DE TAJO</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/12/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Brea de Tajo. Régimen económico. Ordenanza reguladora tarjeta estacionamiento vehículos personas con movilidad reducida</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>311</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Brea del Tajo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE BREA DE TAJO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 158 
 Ordenanza reguladora tarjeta estacionamiento vehículos personas con movilidad reducida 
  El Pleno Municipal, en sesión de 9 de diciembre de 2010, acordó por unanimidad la creación de la ordenanza reguladora por la que se regula la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con movilidad reducida.
  En la Secretaría Municipal se halla expuesto al público el acuerdo de la creación de la ordenanza indicada anteriormente.
  Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 151.1 de la Ley 39/1988 citada a que se ha hecho referencia, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 151, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
  a)	Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  b)	Oficina de presentación: Registro General.
  c)	Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
  Brea de Tajo, a 9 de diciembre de 2010..El alcalde, Rafael Barcala Gómez.
  (03/47.188/10)</texto>
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