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    <fecha_publicacion>2010/12/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 3. Ejecución 301 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>311</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 280 
 Ejecución 301 de 2010 
  Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 301 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Raúl Fernández López, contra la empresa “San José y García Energía y Servicios, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto y decreto de fecha 25 de noviembre de 2010, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
  Auto
  Magistrada-juez de lo social, doña Mercedes Gómez Ferreras..En Madrid, a 25 de noviembre de 2010.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución, a favor de la parte ejecutante, don Raúl Fernández López, frente a “San José y García Energía y Servicios, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 8.440,80 euros en concepto de principal, más otros 844 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Decreto
  Secretario judicial, don Ismael Pérez Martínez..En Madrid, a 25 de noviembre de 2010.
  Parte dispositiva:
  En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente y desconociéndose bienes concretos, ofíciese al Servicio de Averiguación Patrimonial y librar los despachos pertinentes a fin de que remitan a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada, “San José y García Energía y Servicios, Sociedad Limitada”, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.
  Estando la ejecutada en paradero desconocido notifíquesele mediante edicto publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Notifíquese al Fondo de Garantía Salarial.
  Notifíquese la presente resolución.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “San José y García Energía y Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 25 de noviembre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/46.386/10)</texto>
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