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    <fecha_publicacion>2011/01/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 10. Demanda 1.211 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 112 
 Demanda 1.211 de 2009 
  Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.211 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Edison Hernán Pilatasig Chanatasig, contra la empresa “Euroservicios de Construcción y Electricidad, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  En Madrid, a 24 de noviembre de 2010..Doña María Romero-Valdespino Jiménez, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 10 de Madrid, habiendo visto los presentes autos, seguidos por cantidad, entre partes: de una, y como demandante, don Edison Hernán Pilatasig Chanatasig, asistido del letrado don José Abelardo Fernández García, con número colegiado 52.073, y de otra, como demandados, “Euroservicios de Construcción y Electricidad, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecieron pese a estar citadas en legal forma, en nombre del Rey ha pronunciado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Estimando la demanda formulada por Edison Hernán Pilatasig Chanatasig, frente a “Euroservicios de Construcción y Electricidad, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la cantidad de 1.800 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.
  Sin hacer pronunciamiento alguno respecto al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad legal subsidiaria en caso de insolvencia de la empresa.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Euroservicios de Construcción y Electricidad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 30 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/46.436/10)</texto>
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