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    <fecha_publicacion>2011/01/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Demanda 1.178 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 228 
 Demanda 1.178 de 2010 
  Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.178 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Miguel Mota Muñoz, don Diego Fernando Pineda Sánchez, don José Hernández Suela, doña Marina Inés Fernández Peña, don Ricardo Miguel Álvarez Alonso, don Luis Carlos Sabroso Vicioso, don Óscar Martín Martín, don José Luis Cacho Brandau, don Francisco Javier Saceda López y don Enrique Marín Espuela, contra la empresa “Industrias Deportivas Muñoz, Sociedad Limitada”, se ha dictado la siguiente resolución:
  Estimando la demanda interpuesta por don Félix Corrochano Humanes, frente a la empresa “Industrias Deportivas Muñoz, Sociedad Limitada”, en reclamación de despido, debo declarar y declaro improcedente el despido de que fue objeto el actor el día 6 de septiembre de 2010, declarando extinguida la relación laboral existente entre las partes con efectos de la fecha de la presente sentencia, y condenando a la empresa demandada a abonar a los demandantes las siguientes cantidades en concepto de indemnización: 17.583,75 euros (salvo error u omisión) respecto de don José Miguel Mota Muñoz; 9.758,47 euros (salvo error u omisión) respecto de don Diego Fernando Pineda Sánchez; 27.975,06 euros (salvo error u omisión) respecto de don José Hernández Suela; 15.434,43 euros (salvo error u omisión) respecto de doña María Inés Fernández Peña; 117.115,01 euros (salvo error u omisión) respecto de don Ricardo Miguel Álvarez Alonso; 36.879,97 euros (salvo error u omisión) respecto de don Luis Carlos Sabroso Vicioso; 27.292,23 euros (salvo error u omisión) respecto de don Óscar Martín Martín; 70.203,41 euros (salvo error u omisión) respecto de don José Luis Cacho Brandau; 9.118,57 euros (salvo error u omisión) respecto de don Francisco Javier Saceda López, y 11.206,91 euros (salvo error u omisión) respecto de don Enrique Marín Espuela.
  Asimismo, debo condenar a la citada empresa demandada a abonar a cada uno de los actores los salarios dejados de percibir desde la fecha de su despido (6 de septiembre de 2010) hasta la fecha de la presente resolución, a razón de los siguientes salarios diarios: 52,10 euros respecto de don José Miguel Mota Muñoz; 42,66 euros respecto de don Diego Fernando Pineda Sánchez; 49,08 euros respecto de don José Hernández Suela; 59,65 euros respecto de doña María Inés Fernández Peña; 187,01 euros respecto de don Ricardo Miguel Álvarez Alonso; 99,34 euros respecto de don Luis Carlos Sabroso Vicioso; 66,77 euros respecto de don Óscar Martín Martín; 95,03 euros respecto de don José Luis Cacho Brandau; 42,66 euros respecto de don Francisco Javier Saceda López, y 52,43 euros respecto de don Enrique Marín Espuela.
  Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que, en su caso, corresponda al Fondo de Garantía Salarial de conformidad con el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Industrias Deportivas Muñoz, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 29 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/46.642/10)</texto>
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