<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110105-165</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/01/05</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 5. Demanda 936 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>3</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2011-01-05-3171220100063</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/05/BOCM-20110105-165.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/05/BOCM-20110105-165.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/05/BOCM-20110105-165.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 165 
 Demanda 936 de 2009 
  Doña María José Sotorra Campodarve, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 936 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Helena Duarte Pereira, contra don Ricardo Rodríguez Elzingre, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  Magistrada-juez de lo social, doña Ángela Mostajo Veiga..Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante, doña María Helena Duarte Pereira, frente a don Ricardo Rodríguez Elzingre, por importe de 3.211,07 euros en concepto de principal, más 193 euros y 321 euros calculados provisionalmente para intereses y costas.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Ricardo Rodríguez Elzingre, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 30 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/46.843/10)</texto>
</documento>