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    <identificador>BOCM-20110107-40</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MADRID</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/01/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Proyecto reparcelación área planeamiento remitido 19.03</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>5</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda - Dirección General de Gestión Urbanística - Subdirección General de Promoción del Suelo - Servicio de Gestión del Suelo Privado - Departamento de Gestión Zona II</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 URBANISMO
 Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 Dirección General de Gestión Urbanística
 Subdirección General de Promoción del Suelo
 Servicio de Gestión de Suelo Privado
 Departamento de Gestión Zona 2
 
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 Proyecto reparcelación área planeamiento remitido 19.03 
  La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 25 de noviembre de 2010 y en el RG.a 711/2005/5565, adoptó el siguiente acuerdo:
  «Primero..Aprobar la corrección de los errores materiales detectados en las fincas aportadas 1, 6 y 9 del Proyecto de Reparcelación del Área de Planeamiento Remitido 19.03 “Cerro Almodóvar Sur”, debido a una errónea transcripción de las certificaciones registrales, de conformidad con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según el informe emitido por la Subdirección General de Promoción de Suelo.
  Segundo..Notificar el presente Acuerdo a todos los propietarios e interesados y publicarlo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos del Ayuntamiento de la ciudad de Madrid y en un periódico de los de mayor difusión, de conformidad con lo establecido en el artículo 111 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto».
  Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la dictó, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.
  Madrid, a 3 de diciembre de 2010..El director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, Jesús Espino Granado.
  (02/12.743/10)</texto>
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