<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110121-101</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 7</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/01/21</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Leganés número 7. Juicio de faltas 406 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>17</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2011-01-21-17110120110133</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/21/BOCM-20110121-101.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/21/BOCM-20110121-101.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/21/BOCM-20110121-101.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 7</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 7 
 EDICTO
 
 101 
 Juicio de faltas 406 de 2009 
  Doña María de los Ángeles González Rodríguez, secretaria del Juzgado de instrucción número 7 de Leganés.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 406 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Leganés (Madrid), a 9 de diciembre de 2009..Vistos por el ilustrísimo señor don Rafael Rosel Marín, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 7 de los de Leganés (Madrid), los presentes datos de juicio de faltas que bajo el número indicado se tramitan en este Juzgado, en los que intervienen, además del ministerio fiscal, don Eloy Mora Peiró y don Iván Cortés Villalón, en atención al siguiente
  Fallo
  Que absuelvo a don Iván Cortés Villalón de responsabilidad civil por los hechos imputados, declarándose de oficio las costas causadas en este juicio.
  Notifíquese a las partes en legal forma la presente resolución, haciendo saber que la misma es susceptible de ser recurrida en apelación a conocer por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, debiendo prepararse mediante escrito a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la constancia de su conocimiento.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Iván Cortés Villalón, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 2 de diciembre de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/484/11)</texto>
</documento>