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    <titulo>Almagro número 1. Juicio de faltas 177 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALMAGRO NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALMAGRO NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 104 
 Juicio de faltas 177 de 2008 
  Doña María del Carmen Marcos Gordo, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Almagro.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 177 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia
  En Almagro, a 27 de marzo de 2009..Vistos por mí, don José Manuel Mancebo Villar, magistrado-juez sustituto del Juzgado de instrucción número 1 de Almagro y su partido judicial, los presentes autos de juicio de faltas número 177 de 2008, en los que aparecen como denunciante, don Javier Fuentes del Burgo, en representación de “Mercadona”, y denunciada, doña Roxana Viorela Stan, habiendo sido parte el ministerio fiscal en el ejercicio de la acción pública.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a doña Roxana Viorela Stan, como autora de una falta de hurto prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de cuarenta días de multa, con cuota diaria de 3 euros, y al pago de las costas de este juicio, con un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
  Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Ciudad Real, dentro de los cinco días siguientes al de su notificación.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Roxana Viorela Stan, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el “Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real”, expido la presente en Almagro, a 15 de octubre de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/552/11)</texto>
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