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    <fecha_publicacion>2011/01/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Ejecución 192 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>17</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 141 
 Ejecución 192 de 2010 
  Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.673 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Moyano López, contra las empresas “Esfera Estructuras y Ferrallas, Sociedad Anónima”, “Perfil Europeo Comercializado, Sociedad Limitada”, y “Sacyr Vallehermoso, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado el siguiente decreto de fecha 3 de diciembre de 2010:
  Decreto
  Secretaria judicial, doña Encarnación Gutiérrez Guío..En Madrid, a 3 de diciembre de 2010.
  Parte dispositiva:
  En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convengan y designar los bienes de las deudoras principales que les consten.
  Trabar embargo de los bienes de las demandadas en cuantía suficiente, y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos, con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de las deudoras de que tengan constancia, y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a las ejecutadas por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a las ejecutadas hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesándose la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con el número 2509/0000/ 00/1673/09, sito en la calle Orense, número 19.
  Líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.
  Notifíquese la presente resolución.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Esfera Estructuras y Ferrallas, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de diciembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/501/11)</texto>
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