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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/01/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 34. Ejecución 271 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>17</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34 
 EDICTO
 
 204 
 Ejecución 271 de 2010 
  Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 271 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Trujillo Bastidas Renán Giovanny, contra la empresa “Montaje Eléctrico Tornay, Sociedad Limitada Laboral”, sobre despido, se han dictado auto y decreto de fecha 17 de diciembre de 2010, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
  Auto
  Magistrado-juez de lo social, don Antonio Seoane García..En Madrid, a 17 de diciembre de 2010.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante don Trujillo Bastidas Renán Giovanny, frente a “Montaje Eléctrico Tornay, Sociedad Limitada Laboral”, parte ejecutada, por importe de 6.721,68 euros en concepto de principal, más otros 403,30 euros y 672,17 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Decreto
  Secretario judicial, don Fernando Benítez Benítez..En Madrid, a 17 de diciembre de 2010.
  Parte dispositiva:
  En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada “Montaje Eléctrico Tornay, Sociedad Limitada Laboral”, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.
  Requerir de pago a “Montaje Eléctrico Tornay, Sociedad Limitada Laboral”, por la cantidad reclamada en concepto de principal e intereses devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanda, y, si no pagase en el acto, procédase al embargo de sus bienes en la medida suficiente para responder por la cantidad por la que se ha despachado ejecución, más las costas de esta.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Montaje Eléctrico Tornay, Sociedad Limitada Laboral”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 17 de diciembre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/523/11)</texto>
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