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    <fecha_publicacion>2011/01/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 7. Juicio de faltas 257 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 7 
 EDICTO
 
 98 
 Juicio de faltas 257 de 2009 
  Doña María de los Ángeles González Rodríguez, secretaria del Juzgado de instrucción número 7 de Leganés.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 257 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Leganés, a 26 de agosto de 2009..Don Jorge Moreno González, magistrado-juez, habiendo visto el juicio de faltas número 257 de 2009, incoado en virtud de una presunta falta de hurto, teniendo la condición de denunciante don Elvis Antonio Díaz Bajaña, con domicilio a efectos de notificación en centro comercial “Carrefour-Leganés” (plaza Nueva), sito en la carretera de Leganés-Madrid, M-425, kilómetro 2,200, Leganés, y de denunciada doña Georgina Alexandra Dumitrascu, con domicilio en la calle La Habana, número 50, primero D, Fuenlabrada, con la presencia del ministerio fiscal, y en el ejercicio de las potestades que le confieren la Constitución y las Leyes de España, dicta la presente resolución, que se basa en el siguiente:
  Fallo
  Condeno a doña Georgiana Alexandra Dumitrascu, con domicilio en la calle La Habana, número 50, primero D, Fuenlabrada, como autora de una falta de hurto en grado de tentativa, sin que concurra circunstancia alguna que, ya fuese por incidir en la antijuricidad del hecho o culpabilidad de la autora, pueda modificar la responsabilidad criminal, imponiéndose la pena de treinta días de multa, a razón de 3 euros diarios, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, más las costas.
  Notifíquese a las partes personadas la presente sentencia, de la que se llevará certificación a los autos y contra la que cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días, conforme previenen los artículos 976 y 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Georgina Alexandra Dumitrascu, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 2 de diciembre de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/480/11)</texto>
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