<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110124-102</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/01/24</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 24. Ejecución 142 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>19</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2011-01-24-19110120110250</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/24/BOCM-20110124-102.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/24/BOCM-20110124-102.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/01/24/BOCM-20110124-102.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 102 
 Ejecución 142 de 2008 
  Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 142 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Rojas Leal, contra la empresa “Consjoma, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  En atención a lo expuesto, se acuerda:
  a)  Declarar a la ejecutada “Consjoma, Sociedad Limitada Unipersonal”, en situación de insolvencia parcial por importe de 568,41 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  b)  Hágase entrega de copia testimoniada de la presente a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.
  c)  Publíquese la presente resolución en el “Boletín Oficial del Registro Mercantil del Estado”, librándose a tal fin el edicto correspondiente.
  d)  Archivar las actuaciones, una vez conste hecho efectivo el mandamiento expedido a nombre del trabajador por el importe indicado, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Consjoma, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 20 de diciembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/561/11)</texto>
</documento>