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    <fecha_publicacion>2011/01/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 25. Demanda 43 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 108 
 Demanda 43 de 2010 
  Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 43 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mercedes Carames Cobas, contra la empresa “Aquí Jerez, Sociedad Limitada”, y Fondo de garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia:
  Sentencia número 635 de 2010
  En Madrid, a 2 de diciembre de 2010..Vistos por el ilustrísimo señor don Ángel L. del Olmo Torres, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 25 de Madrid, los presentes autos número 43 de 2010, seguidos a instancias de doña Mercedes Carames Cobas, con documento nacional de identidad número 32389010-L, asistida por la letrada doña María Ángeles Pérez Pérez, contra la empresa “Aquí Jerez, Sociedad Limitada”, y Fondo de garantía Salarial, quienes no comparecieron pese a estar citados en legal forma, en reclamación sobre cantidad, en los mismos se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Que con estimación de la demanda deducida por doña Mercedes Carames Cobas, contra la empresa “Aquí Jerez, Sociedad Limitada”, y Fondo de garantía Salarial, en reclamación sobre cantidad, debo condenar y condeno a la empresa “Aquí Jerez, Sociedad Limitada”, a que abone a la actora, doña Mercedes Carames Cobas, la suma de 6.575,47 euros, todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal subsidiaria del Fondo de garantía Salarial, de conformidad con el artículo 33.1 del Estatuto de los Trabajadores.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aquí Jerez, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 2 de diciembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/632/11)</texto>
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