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    <fecha_publicacion>2011/01/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Demanda 1.281 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>19</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 148 
 Demanda 1.281 de 2009 
  Doña María Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.281 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Julio David Ramos Borda, contra la empresa “Construcciones y Reformas Era, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la resolución siguiente:
  Sentencia número 471
  En Madrid, a 24 de noviembre de 2010..Don Marcos Ramos Valles, magistrado-juez de lo social del número 37 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Julio David Ramos Borda, y de otra, como demandados, don Juan Molano Morea y “Construcciones y Reformas Era, Sociedad Limitada”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por don Julio David Ramos Borda, frente a “Construcciones y Reformas Era, Sociedad Limitada”, y don Juan Molano Morea, debo condenar y condeno a los demandados a que, de forma solidaria, abonen al actor la suma de 5.563,09 euros, incrementada con el interés moratorio del 10 por 100 anual.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones y Reformas Era, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 21 de diciembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/711/11)</texto>
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