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    <fecha_publicacion>2011/01/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 8. Ejecución 235 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>22</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 79 
 Ejecución 235 de 2010 
  Doña Enriqueta Salvador Fernández, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 235 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Angelita Plúa Méndez y doña Ascensión Belló Jiménez, contra don Juan José Martín Andújar y “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto y decreto, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
  Auto
  Magistrada-juez de lo social, doña Pilar Varas García..En Madrid, a 20 de diciembre de 2010.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante doña Angelita Plúa Méndez y doña Ascensión Bello Jiménez, frente a don Juan José Martín Andújar y “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 9.656,40 euros en concepto de principal, más otros 965,64 euros que se fijan provisionalmente en concepto de interés que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Decreto
  Secretaria judicial, doña Enriqueta Salvador Fernández..En Madrid, a 20 de diciembre de 2010.
  Parte dispositiva:
  En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Trabar embargo de los bienes de los ejecutados en cantidad suficiente para cubrir las cantidades reclamadas en la presente ejecución, librándose oficios a la Hacienda Pública y a las entidades bancarias “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid” y “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Navarra”.
  Requerir a don Juan José Martín Andújar y “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada” a fin de que en el plazo de cinco días manifiesten relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrán ser sancionados, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presenten la relación de sus bienes, incluyan en ella bienes que no sean suyos, excluyan bienes propios susceptibles de embargo o no desvelen las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérseles también multas coercitivas periódicas.
  Notifíquese a la parte actora las resoluciones de fechas 13 de septiembre de 2010 y 4 de octubre de 2010.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
  Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Juan José Martín Andújar y “La Retoucherie de Manuela, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 20 de diciembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/1.069/11)</texto>
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