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    <titulo>Móstoles número 2. Demanda 1.109 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>31</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 201 
 Demanda 1.109 de 2009 
  Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.109 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge de Andrés Jiménez, contra la empresa “Alimentación Sana, Dietética y Belleza, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la resolución de fecha 5 de enero de 2011 siguiente:
  Se tiene por presentado escrito en fecha 27 de diciembre de 2010, suscrito por la parte demandante del presente procedimiento. Únase a los autos de su razón, y visto su contenido, no ha lugar a la ejecución provisional solicitada al no concurrir los requisitos establecidos en los artículos 287 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral, y sin perjuicio de instar lo que a su derecho convenga cuando la sentencia alcance firmeza.
  Se tiene por formalizado en tiempo y forma el recurso de suplicación interpuesto en su día contra la sentencia dictada en este proceso. Se acuerda formar pieza separada que se encabezará con testimonio de la resolución recurrida y dar traslado del escrito de formalización a la parte recurrida para su impugnación, si así le conviniere, en término de cinco días, impugnación que deberá llevar firma de letrado para su admisión a trámite, y una vez impugnado, o no, elévense los autos al Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Se advierte a las partes para que señalen en su escrito de impugnación domicilio en la sede del Tribunal Superior de Justicia de esta Comunidad Autónoma a los efectos previstos en el artículo 196 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Notifíquese a las partes.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Alimentación Sana, Dietética y Belleza, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 5 de enero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/1.877/11)</texto>
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