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    <titulo>Madrid número 34. Procedimiento ordinario 1.014 de 2003</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>34</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 34</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 34 
 EDICTO
 
 90 
 Procedimiento ordinario 1.014 de 2003 
  Doña Isabel Lozano Bruna, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 34 de Madrid.
  Hago saber: Que en dicho Juzgado, y con el número 1.014 de 2003, se tramita procedimiento de juicio ordinario, a instancias de “Maqueda, Sociedad Anónima”, contra don Miguel Ángel Mañas Peñas y doña Verónica Oye Abaga Abeme, en rebeldía y en ignorado paradero, se ha dictado sentencia en fecha 11 de octubre de 2004, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
  Magistrado-juez de primera instancia, ilustrísimo señor don Manuel Novalvos Pérez..Madrid, a 11 de octubre de 2004.
  Parte demandante, la entidad mercantil “Maqueda, Sociedad Anónima”, con procuradora doña Ángeles Almansa Sanz, y parte demandada, don Miguel Ángel Mañas Señas y doña Verónica Oye Abaga Abeme.
  Fallo
  Que estimando íntegramente la demanda formulada por la mercantil “Maqueda, Sociedad Anónima”, condeno a los demandados don Miguel Ángel Mañas Señas y doña Verónica Oye Abaga Abeme a que abonen a la entidad actora la cantidad de 48.681,28 euros de principal, más los intereses legales desde la presentación de la demanda y las costas judiciales causadas en el presente procedimiento.
  Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones, incluyéndose la original en el libro de sentencias.
  Modo de impugnación: mediante recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial de Madrid, que se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, citando la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se impugnan (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  Publicación
  Leída y publicada fue la anterior sentencia por el señor magistrado-juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha..Doy fe.
  Y para que conste y sirva de notificación de la sentencia de fecha 11 de octubre de 2004 en legal forma a los demandados, en rebeldía e ignorado paradero, don Miguel Ángel Mañas Peñas y doña Verónica Oye Abaga Abeme, publicándose en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su exhibición en el tablón de anuncios de este Juzgado, firmo el presente.
  En Madrid, a 10 de enero de 2011..La secretaria (firmado).
  (02/644/11)</texto>
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