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    <fecha_publicacion>2011/02/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Licencias. Junta Municipal de Distrito de Fuencarral-El Pardo. Licencia actividad</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Junta Municipal de Distrito de Fuencarral-El Pardo - Departamento Jurídico</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 LICENCIAS
 Junta Municipal de Distrito de Fuencarral-El Pardo
 Departamento Jurídico
 
 36 
 Licencia actividad 
  El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:
  «Primero..Aprobar definitivamente el Plan Especial para el Control Urbanístico-Ambiental de Usos para la implantación de centro de formación en la planta segunda del edificio de Servicios 1 del complejo empresarial sito en la ronda de las Comunicaciones, sin número, promovido por “Telefónica, Sociedad Anónima”, Distrito de Fuencarral-El Pardo, de acuerdo con el informe emitido por la Sección de Licencias de 18 de octubre de 2010.
  El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos tendrá una vigencia de un año a contar desde el día siguiente a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 54.3 del texto refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril.
  Segundo..Que el precedente acuerdo se publique en los medios de difusión que prevé la legislación aplicable».
  Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido con fecha 5 de enero de 2011, un ejemplar del Plan de Ordenación Urbana aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo previsto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001.
  Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso de estime pertinente para la defensa de sus derechos (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
  Madrid, a 20 de enero de 2011..El secretario del Distrito, José Luis Fernández Martínez.
  (02/805/11)</texto>
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