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    <fecha_publicacion>2011/03/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 38. Demanda 222 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 325 
 Demanda 222 de 2010 
  Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 222 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Edward Veramendi Ancasi, contra la empresa “Promocón Servicios Constructivos, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de sentencia de fecha 1 de febrero de 2011 del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Estimando la demanda formulada por de don Edward Veramendi Ancasi, contra “Promocón Servicios Constructivos, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la parte actora 1.575,68 euros, más el 10 por 100 de la mencionada cantidad en concepto de interés por mora.
  Se tiene por desistido al actor respecto al Ayuntamiento de Camarzana de Tera.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe formular recurso alguno.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Promocón Servicios Constructivos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 4 de febrero de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/6.055/11)</texto>
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