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    <identificador>BOCM-20110315-64</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>BECERRIL DE LA SIERRA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/03/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Becerril de la Sierra. Régimen económico. Padrones y listas cobratorias impuesto y tasas municipales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>62</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Becerril de la Sierra</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE BECERRIL DE LA SIERRA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 64 
 Padrones y listas cobratorias impuesto y tasas municipales 
  Aprobados por resolución de la Alcaldía, de fecha 15 de febrero de 2011, los padrones y listas cobratorias del impuesto y tasas municipales correspondientes a:
  .	Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica del año 2011.
  .	Impuesto sobre actividades económicas del año 2011.
  .	Recogida domiciliaria de basuras del año 2011.
  .	Suministro municipal de agua del año 2011.
  Los expresados padrones, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, junto con sus antecedentes, deberán exponerse al público en las oficinas municipales, durante el plazo de treinta días, a fin de que los interesados puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  En el supuesto de que no se presenten reclamaciones, o si se presentan, una vez resueltas, los padrones quedarán definitivamente aprobados.
  Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en los artículo 23 y 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, el período de cobranza en vía voluntaria del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica se iniciará el día 7 de abril de 2011, finalizando el día 20 de junio de 2011; el período de cobranza en vía voluntaria del impuesto sobre actividades económicas se iniciará el día 19 de septiembre de 2011, finalizando el día 30 de noviembre de 2011; el período de cobranza en vía voluntaria correspondiente a la tasa de recogida domiciliaria de basuras se iniciará el día 3 de mayo de 2011, finalizando el día 8 de agosto de 2011, y el período de cobranza de los recibos correspondientes a la tasa por el suministro municipal de agua potable de 2011 en vía voluntaria se llevará a cabo en la forma establecida en la ordenanza, es decir, por bimestres vencidos y mediante la publicación de los bandos municipales que a cada bimestre correspondan.
  El vencimiento del plazo de los ingresos en período voluntario, sin haber sido satisfechas la deuda o pago de los recibos, determinará el inicio del período ejecutivo, el devengo de recargo de apremio, de los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 161 y 167 de la Ley General Tributaria y en los artículos 68 y siguientes del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
  El pago de los referidos tributos se efectuará en la Recaudación Municipal, de lunes a viernes, y en horario de diez a trece, pudiéndose hacer el pago en las cajas o bancos colaboradores de este Ayuntamiento.
  El presente anuncio tiene el carácter de notificación colectiva por tratarse de tributos de cobro periódico y devengo anual de conformidad con lo establecido en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria y en los artículos 23 y 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.
  Becerril de la Sierra, a 16 de febrero de 2011..El alcalde, José Conesa López.
  (02/1.807/11)</texto>
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