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    <fecha_publicacion>2011/03/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 35. Demanda 939 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>65</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 178 
 Demanda 939 de 2010 
  Doña María Gracia Fernández Morán, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.
  Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado a instancias de don Renisson Cícero Lopes Manhaes, contra ”Asador Restaurante Irlanda 4, Sociedad Limitada”, en reclamación por cantidad, registrado con el número 939 de 2010, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo, son del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 11 de 2011
  En Madrid, a 14 de enero de 2011..Vistos por el ilustrísimo magistrado-juez de lo social del número 35, don José Antonio Capilla Bolaños, los presentes autos número D-939 de 2010, seguidos a instancias de don Renisson Cícero Lopes Manhaes, que comparece asistido del letrado don Manuel María Ariza Brugarolas, contra ”Asador Restaurante Irlanda 4, Sociedad Limitada”, que no compareció al acto de juicio, en reclamación sobre cantidad, en nombre del Rey ha pronunciado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando como estimo la demanda de cantidad formulada por don Renisson Cícero Lopes Manhaes, contra ”Asador Restaurante Irlanda 4, Sociedad Limitada”, debo condenar a la demandada al pago al actor de 1.466,40 euros, que se incrementarán en un 10 por 100 de mora.
  Se notifica esta sentencia a las partes, advirtiendo que la misma es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.
  Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación a ”Asador Restaurante Irlanda 4, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente.
  En Madrid, a 15 de febrero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/7.238/11)</texto>
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