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    <titulo>Madrid número 32. Ejecución 83 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>71</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 254 
 Ejecución 83 de 2011 
  Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 83 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Petro Marchuk, contra la empresa “Construcciones y Albañilería 2 Castillas, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado las siguientes resoluciones:
  Diligencia..En Madrid, a 2 de marzo de 2011.
  La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que ha entrado escrito de la parte demandante solicitando se inste incidente de no readmisión y se declare la extinción de la relación laboral. Únase a autos.
  Auto
  Magistrada-juez de lo social, doña María Luisa Gil Meana..En Madrid, a 2 de marzo de 2011.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución, de la sentencia de fecha 17 de septiembre de 2010, a favor de la parte ejecutante don Petro Marchuk, frente a la parte ejecutada “Construcciones y Albañilería 2 Castillas, Sociedad Limitada”.
  Diligencia de ordenación del secretario judicial, don David Atienza Marcos..En Madrid, a 2 de marzo de 2011.
  Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir, impuesta por sentencia de fecha 17 de septiembre de 2010, a la empresa “Construcciones y Albaañilería 2 Castillas, Sociedad Limitada”, en favor del demandante don Petro Marchuk y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, el día 2 de junio de 2011, a las diez y treinta horas, que sólo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión.
  Cítesele en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones y Albañilería 2 Castillas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 2 de marzo de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/9.493/11)</texto>
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