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    <fecha_publicacion>2011/03/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 2. Demanda 985 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>74</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 342 
 Demanda 985 de 2009 
  Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 985 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Críspulo Peinado Abad y doña Ayda Fermina Benítez, contra don Manuel Benjumea Vera, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 20 de octubre de 2010, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Estimando la demanda interpuesta por don Críspulo Peinado Abad y doña Ayda Fermina Benítez, contra don Manuel Benjumea Vera, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno al demandado a abonar a los actores la cantidad que para cada uno de ellos se relaciona por los conceptos y períodos indicados:
  1)  A don Críspulo Peinadod Abad: 12.562,68 euros.
  2)  A doña Ayda Fermina Benítez: 11.411,88 euros.
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Manuel Benjumea Vera, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 24 de febrero de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/8.913/11)</texto>
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