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    <fecha_publicacion>2011/04/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Demanda 610 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 115 
 Demanda 610 de 2010 
  Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 610 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Lyubov Patapenko, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Mutua Universal Mugenat” y “Serviresta Europa, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 180 de 2011
  En Madrid, a 28 de febrero de 2011..Don Segismundo Crespo Varela, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 11 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre Seguridad Social, entre partes: de una, y como demandante, don Lyubov Patapenko, que comparece asistido por el letrado don Lyuboc Potapenko, y de otra, como demandados, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Mutua Universal Mugenat” y “Serviresta Europa, Sociedad Limitada”, que no comparecen, ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimo en parte la demanda interpuesta por don Lyubov Patapenko, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Mutua Universal Mugenat” y “Serviresta Europa, Sociedad Limitada”, y condeno a la empresa demandada “Serviresta Europa, Sociedad Limitada”, a que abone a don Lyubov Patapenko, en concepto de subsidio por incapacidad temporal, derivada de contingencias comunes, la cantidad de 942,91 euros, sin perjuicio de su anticipo por la “Mutua Universal Mugenat”, que podrá repetir contra la empresa responsable. Se absuelve al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a la Tesorería General de la Seguridad Social.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Mutua Universal Mugenat”, y “Serviresta Europa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de marzo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/10.739/11)</texto>
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