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    <fecha_publicacion>2011/04/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 38. Ejecución 231 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>79</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 240 
 Ejecución 231 de 2010 
  Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38  de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 231 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio López Padilla, don Antonio López Garrido, don Alejandro Grosso Villalba, don Martín Viñas Pujol y don Piotr Wilkowski, contra la empresa “Euroservicios de Construcción y Electricidad, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 28 de febrero de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  En atención a lo dispuesto, se acuerda:
  a)  Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 9 de julio de 2010 (ejecución número 339 de 2010) a favor de la parte ejecutante don Martín Viñas Pujol, frente a “Euroservicios de Construcción y Electricidad, Sociedad Limitada”, por un principal de 2.018,36 euros, más 400 euros presupuestados prudencialmente para intereses y costas.
  b)  Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 22 de octubre de 2010 (ejecución número 29 de 2011) a favor de la parte ejecutante don Piotr Wilkowski, frente a “Euroservicios de Construcción y Electricidad, Sociedad Limitada” por un principal de 2.607,48 euros, más 500 euros presupuestados prudencialmente para intereses y costas.
  c)  Acumular las ejecuciones números 339 de 2010 y 29 de 2011 a la presente ejecución número 231 de 2010, resultando la cantidad total reclamada en la presente ejecución de 10.529,06 euros de principal y otros 2.080 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas.
  d)  Habiendo culminado todas las actuaciones ordenadas en averiguación de bienes de la ejecutada, y quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 10.529,06 euros de principal y otros 2.080 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas, sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, con carácter previo a dictar insolvencia y conforme a lo previsto en el artículo 274.1 de la Ley de Procedimiento Laboral dese audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, para que en término de diez días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando en tal caso bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Euroservicios de Construcción y Electricidad, Sociedad Limitada” en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 28 de febrero de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/9.463/11)</texto>
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