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    <identificador>BOCM-20110404-55</identificador>
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    <departamento>EL VELLÓN</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/04/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>– El Vellón. Urbanismo. Proyecto reparcelación</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>79</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de El Vellón</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE EL VELLÓN 
 URBANISMO
 
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 Proyecto reparcelación 
  Por acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de El Vellón, de 21 de febrero de 2011, se aprobó definitivamente la Modificación del Estudio de Detalle y Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución UE-1, correspondiente a la Zona de “El Calvario”, polígono número 10, Sector Ensanche RU4 de las NN CC y SS de Planeamiento del municipio de El Vellón (Madrid), y aprobación definitiva de la Modificación del Estudio de Detalle y Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Ejecución UE-2, correspondiente a la Zona de “El Calvario”, polígono número 10, Sector Ensanche RU4 de las NN CC y SS de Planeamiento del municipio de El Vellón (Madrid). Aprobación definitiva de la Modificación Proyecto de Urbanización de la Unidad de Ejecución UE-1 y UE-2, correspondiente a la zona de “El Calvario”, polígono número 10, Sector Ensanche RU4 de las NN CC y SS de Planeamiento del municipio de El Vellón (Madrid).
  Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Pleno de este Ayuntamiento de El Vellón, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
  En El Vellón, a 14 de marzo de 2011..El alcalde-presidente, José García Vela.
  (03/11.906/11)</texto>
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