<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110404-99</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/04/04</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 7. Demanda 1.815 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>79</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2011-04-04-79210320110119</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/04/04/BOCM-20110404-99.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/04/04/BOCM-20110404-99.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/04/04/BOCM-20110404-99.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 99 
 Demanda 1.815 de 2009 
  Doña María José Ramos García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7  de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.815 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Dobre Catalín, contra la empresa “Grupo Promotor Serucema, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 9 de febrero de 2011, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Que estimando como estimo las demandas presentadas por don Dobre Catalín, contra la empresa “Grupo Promotor Serucema, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada a que abone al actor la cantidad de 9.851,74 euros de principal, más los intereses legales.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Promotor Serucema, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de marzo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/9.962/11)</texto>
</documento>