<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110405-71</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>EL ATAZAR</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/04/05</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– El Atazar. Régimen económico. Ordenanza fiscal utilización privativa aprovechamiento especial dominio público local</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>80</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2011-04-05-80290320110069</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/04/05/BOCM-20110405-71.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/04/05/BOCM-20110405-71.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/04/05/BOCM-20110405-71.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de El Atazar</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE EL ATAZAR 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 71 
 Ordenanza fiscal utilización privativa aprovechamiento especial dominio público local 
  El Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria celebrada el día 17 de febrero de 2011, adoptó entre otros, el acuerdo de aprobación provisional de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, el cual ha sido aprobado con carácter provisional, que se elevará automáticamente a definitivo si no se presentaran reclamaciones.
  De conformidad con lo prevenido en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el referido expediente queda expuesto en la Secretaría Municipal por plazo de treinta días hábiles, durante las cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar, en su caso, las reclamaciones que estimen oportunas ante el Pleno Corporativo.
  En El Atazar, a 10 de marzo de 2011..El alcalde, Juan Pablo Lozano García.
  (03/10.977/11)</texto>
</documento>