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    <fecha_publicacion>2011/04/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 23. Divorcio contencioso 979 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>81</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 23</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 23 
 EDICTO
 
 174 
 Divorcio contencioso 979 de 2008 
  Don Salvador González Bascueña, secretario del Juzgado de primera instancia número 23 de esta capital, en resolución de esta fecha dictada en los autos seguidos bajo el número 979 de 2008, sobre divorcio, promovidos por don Marvin José Arteaga Ortiz, representado por el procurador don Pablo José Trujillo Castellano, contra doña Norma María Mercado Hernández, en situación procesal de rebeldía, he acordado por medio del presente notificar a mencionada parte demandada que en el referido procedimiento ha recaído sentencia de fecha 1 de febrero de 2010, en la que en su parte dispositiva se acuerda lo siguiente:
  Estimar la demanda interpuesta y decretar la disolución, por divorcio, del matrimonio contraído el día 6 de diciembre de 1992 en Nicaragua entre don Marvin José Arteaga Ortiz y doña Norma María Mercado Hernández, con todos los efectos inherentes a tal declaración.
  No se hace especial pronunciamiento sobre las costas procesales.
  Comuníquese de oficio la presente resolución al Registro Civil Central en que consta inscrito el matrimonio de las partes (libro 34-T, folio 535 de la Sección Segunda) a los efectos de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley del Registro Civil y en el artículo 264 de su Reglamento.
  Así por esta mi sentencia, contra la que cabe preparar recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días en la forma prevista en el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, siendo preceptiva para su admisión la constitución de depósito por importe de 50 euros en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado abierta en “Banesto” (número 2451/0000/00/número procedimiento/año procedimiento) o el ingreso de dicha cantidad mediante transferencia a la cuenta corriente número 0030/1835/20/9999999999, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación en forma a doña Norma María Mercado Hernández, que se halla en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Haciéndole saber que contra la referida sentencia, cabe recurso de apelación a interponer ante este Juzgado en término de cinco días por medio de abogado y procurador.
  Dado en Madrid, a 9 de marzo de 2011..El secretario (firmado).
  (03/11.241/11)</texto>
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