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– Orden de 7 de abril de 2011, por la que se convocan para su provisión tres puestos de trabajo vacantes en el Tribunal Administrativo de Contratación Pública</titulo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  B) Autoridades y Personal 
  CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA 
 
 6 
 Orden de 7 de abril de 2011, por la que se convocan para su provisión tres puestos de trabajo vacantes en el Tribunal Administrativo de Contratación Pública. 
  Conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público, se procede a publicar la convocatoria que servirá como base para elaborar la propuesta que se someterá al dictamen del Consejo de Gobierno para el nombramiento de los puestos de Presidente y dos Vocales del Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, cuyas características se relacionan en el Anexo I de la presente Orden, con arreglo a las siguientes bases:
  Primero
  Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por funcionarios de carrera que deberán reunir los requisitos indispensables de acuerdo con las circunstancias y condiciones que para los mismos figuren en la relación de puestos de trabajo en cuanto a Grupo de titulación, Cuerpo, Escala, especialidad funcionarial y titulación exigida en su caso. Asimismo, deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público.
  Segundo
  Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se presentarán en el plazo de siete días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la convocatoria en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y se dirigirán a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía y Hacienda, según modelo que se adjunta en el Anexo II.
  Las solicitudes contendrán, caso de ser varias las plazas solicitadas, el orden de preferencia de la adjudicación de aquellas y deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
  a)	El certificado de Registro de Personal que se publica como Anexo III de la Orden 2066/1998, de 30 de julio, de la Consejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de septiembre).
  b)	El historial académico y profesional, conforme al modelo anexionado a la presente Orden, en el que se hará constar:
  .	Los títulos académicos.
  .	Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Administración Pública como en la empresa privada, especialmente referidos a los requisitos mínimos exigidos en la convocatoria.
  .	Estudios y cursos realizados y conocimientos de idiomas.
  .	Cuantos otros méritos estime oportunos el aspirante poner de manifiesto.
  Tercero
  Los nombramientos derivados de la presente convocatoria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público, corresponden al Consejo de Gobierno, a propuesta del titular de la Consejería competente en materia de coordinación de la contratación pública.
  Los designados tendrán carácter independiente e inamovible y no podrán ser removidos de sus puestos sino por las causas establecidas en dicho artículo. La duración del nombramiento efectuado será de seis años. Ello no obstante, la primera renovación del Tribunal se hará de forma parcial a los tres años del nombramiento. A este respecto, antes de cumplirse el plazo indicado se determinará, mediante sorteo, los Vocales que deban cesar. En cualquier caso, cesado un Vocal, este continuará en el ejercicio de sus funciones hasta que tome posesión de su cargo el que lo haya de sustituir.
  Cuarto
  El plazo de toma de posesión no será superior a siete días hábiles desde el nombramiento efectuado.
  Quinto
  La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  Dado en Madrid, a 7 de abril de 2011..El Consejero de Economía y Hacienda, por delegación de firma (Orden de 4 de julio de 2008), el Secretario General Técnico, Héctor Casado López.
  ANEXO I
  LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA EN LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA
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  (03/13.515/11)</texto>
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