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    <identificador>BOCM-20110411-165</identificador>
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    <fecha_publicacion>2011/04/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 17. Demanda 259 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>85</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 165 
 Demanda 259 de 2010 
  Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 259 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sidi Abdelahe Handi, contra la empresa “Comunidad Manchega de Servicios, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia con fecha 8 de marzo de 2011, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por don Sidi Abdelahe Handi, contra “Comunidad Manchega de Servicios, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora 2.976,18 euros, más el 10 por 100 correspondiente en concepto de interés por mora.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Comunidad Manchega de Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 10 de marzo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/10.965/11)</texto>
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