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– Resolución de 3 de marzo de 2011, del Director General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Comun, se publica el requerimiento a don Felicísimo de Pablo Tordesillas de subsanación de la solicitud de autorización para la instalación de máquinas recreativas con premio para el establecimiento de hostelería denominado “El Trébol”, sito en la Vía de Dos Castillas, número 9, de Pozuelo de Alarcón, Madrid</titulo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA 
 
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 RESOLUCIÓN de 3 de marzo de 2011, del Director General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Comun, se publica el requerimiento a don Felicísimo de Pablo Tordesillas de subsanación de la solicitud de autorización para la instalación de máquinas recreativas con premio para el establecimiento de hostelería denominado “El Trébol”, sito en la Vía de Dos Castillas, número 9, de Pozuelo de Alarcón, Madrid. 
  Por la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego de la Consejería de Economía y Hacienda se ha requerido documentación a efectos de poder subsanar la solicitud de autorización para la instalación de máquinas recreativas con premio para el establecimiento de hostelería citado en el título de la presente Resolución. La notificación al interesado se ha intentado en dos ocasiones conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que se haya conseguido practicar por causas no imputables a esta Administración.
  Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a publicar el contenido de dicha Resolución de requerimiento, cuyo texto íntegro se une como Anexo. Asimismo se informa al interesado que también se ha efectuado la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.
  En Madrid, a 3 de marzo de 2011..El Director General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, PDF (Resolución de 7 de septiembre de 2009), el Subdirector General de Ordenación y Gestión del Juego, Juan Carlos Muñoz Martín.
  ANEXO
  Examinada la solicitud de autorización para la instalación de máquinas recreativas con premio, en el local sito en Pozuelo de Alarcón (Madrid), Vía de Dos Castillas, número 9, presentada en fecha 18 de febrero de 2011, le comunico que deberá remitir la documentación que a continuación se especifica en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación de la presente comunicación, por apreciarse dificultades especiales para la aportación de dichos documentos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Se le informa que, transcurrido dicho plazo sin que se hayan aportado los documentos solicitados, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la citada Ley.
  DOCUMENTACION SOLICITADA
  .	Documento suscrito por el titular del establecimiento, cuya firma deberá estar reconocida por entidad bancaria, donde se ratifique en la solicitud de autorización de instalación presentada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47.1 del Decreto 73/2009, del 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Explotación e Instalación de Máquinas Recreativas y de Juego de la Comunidad de Madrid, y se modifican otras normas en materia de juego.
  .	Documento acreditativo de la obtención de licencia municipal de apertura y funcionamiento del establecimiento donde se vayan a instalar las máquinas a nombre del solicitante titular del mismo, o en su caso, de la solicitud de dicha licencia o del cambio de titularidad de la misma, sin perjuicio de la admisión de cualquier documento o certificado del Ayuntamiento correspondiente sobre la situación administrativa del expediente municipal en el momento de la solicitud de la autorización de instalación, en el que además deberá constar la actividad y la ubicación del establecimiento.
  Madrid, a 23 de febrero de 2011..Jefe del Área de Gestion del Juego, Rosario García Sanz.
  (03/12.115/11)</texto>
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