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    <fecha_publicacion>2011/04/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 3. Demanda 1.519 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 117 
 Demanda 1.519 de 2009 
  Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.519 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Pilar López López, contra la empresa Fondo de Garantía Salarial, “La Choice Márketing Solution, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Fallo
  Procede estimar la demanda planteada por doña María Pilar López López, contra la empresa “La Chuice Márketing Solution, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad y debo condenar a la empresa demandada a que abone al demandante la cantidad total de 33.955,43 euros brutos, más el 10 por 100 de interés por mora, excepto de la cantidad de 27.572,40 euros al tratarse de un concepto indemnizatorio y no salarial. Con absolución del Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de sus responsabilidades legales.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “La Chuice Márketing Solution, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de marzo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/11.685/11)</texto>
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