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    <identificador>BOCM-20110419-181</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2011/04/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Demanda 1.019 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>92</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 181 
 Demanda 1.019 de 2010 
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.019 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mariano Morales Díaz, contra la empresa “Emgloba Servicios Generales, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de aclaración de fecha 7 de febrero de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Auto
  En Madrid, a 7 de febrero de 2011.
  Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que a continuación se dice:
  En dicha sentencia se hace alusión a “Engloba Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, como demandada, y en su lugar debe figurar “Emgloba Servicios Generales, Sociedad Limitada”.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Emgloba Servicios Generales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 22 de marzo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/12.331/11)</texto>
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