<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110428-80</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/04/28</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 1. Demanda 1.605 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>99</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2011-04-28-99120420110176</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/04/28/BOCM-20110428-80.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/04/28/BOCM-20110428-80.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/04/28/BOCM-20110428-80.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 80 
 Demanda 1.605 de 2010 
  Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.605 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Elena Chelaru, contra la empresa “Store Express, Comunidad de Bienes”, "Club Deportivo Odal" y "Club Patinaje Valladolid", sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 134 de 2011
  Madrid, a 28 de febrero de 2011.
  Fallo
  Que estimando parcialmente la demanda formulada por doña Elena Chelaru, contra “Store Express, Comunidad de Bienes”, "Club Deportivo Odal" y "Club Patinaje Valladolid", debo hacer los siguientes pronunciamientos:
  1.  Absolver al Club Deportivo Odal, y Club Patinaje Valladolid de los pedimentos deducidos en su contra.
  2.  Declarar improcedente el despido de la actora de fecha 6 de noviembre de 2010 y, así mismo, declarar extinguida, con efectos desde la fecha de la presente resolución, la relación laboral que vinculaba a las partes litigantes, condenando a la empresa “Store Express, Comunidad de Bienes”, a estar y pasar por ambas declaraciones y a pagar a la trabajadora las siguientes cantidades, sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria que pueda alcanzar a Fondo de Garantía Salarial, para caso de insolvencia empresarial:
  Indemnización: 5.933,17 euros.
  Salarios Tramitación: 10.050,24 euros.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Store Express, Comunidad de Bienes”, "Club Deportivo Odal" y "Club Patinaje Valladolid", en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 18 de marzo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/13.201/11)</texto>
</documento>