<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110514-127</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/05/14</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 23. Demanda 1.230 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>113</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2011-05-14-113280420110141</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/05/14/BOCM-20110514-127.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/05/14/BOCM-20110514-127.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/05/14/BOCM-20110514-127.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 127 
 Demanda 1.230 de 2010 
  Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.230 de 2010 y de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Felice Villafranca, don Juan Carlos Arias Daza, contra la empresa “Lampedusamato, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 168 de 2011
  En Madrid, a 12 de abril de 2011..Habiendo visto el ilustrísimo señor don Jorge Juan Guillén Olcina, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 23 de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal número 1.230 de 2010 (acumulados los autos número 1.233 de 2010), sobre cantidad, seguidos entre partes: de una, como demandantes, don Felice Villafranca y don Juan Carlos Arias Daza, asistidos del letrado don Miguel Arias Fuentes, y de otra, como demandados, “Lampedusamato, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a estar citados en forma, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando la demanda promovida por don Felice Villafranca y don Juan Carlos Arias Daza, frente a la empresa “Lampedusamato, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, condeno a la demandada a que abone a don Felice Villafranca la cantidad de 5.187,48 euros y a don Juan Carlos Arias Daza la cantidad de 4.020,26 euros por los conceptos reclamados en su demanda, más un 10 por 100 en concepto de interés anual por mora, en proporción al período transcurrido desde el 3 de septiembre de 2010 hasta la fecha.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Lampedusamato, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 13 de abril de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/15.121/11)</texto>
</documento>