<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110516-149</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/05/16</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 6. Demanda 1.551 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>114</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2011-05-16-114060520110112</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/05/16/BOCM-20110516-149.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/05/16/BOCM-20110516-149.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/05/16/BOCM-20110516-149.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6 
 EDICTO
 
 149 
 Demanda 1.551 de 2010 
  Doña Eva San Pablo Moreno, secretaria de lo social del número 6 de Madrid.
  Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Augusto Da Costa, contra “Estructuras Iser, Sociedad Limitada”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 1.551 de 2010, se ha acordado citar a “Estructuras Iser, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 26 de septiembre de 2011, a las nueve horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 6, sito en la calle Princesa, número 3 (plaza de los Cubos), segunda planta, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia, así como que de no comparecer a juicio, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos en que dicha parte hubiese intervenido personalmente y cuya fijación como  ciertos le sea enteramente perjudicial, además de imponerle la multa a que se refiere el apartado cuarto del artículo 292 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de citación a “Estructuras Iser, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
  En Madrid, a 20 de abril de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/16.086/11)</texto>
</documento>