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    <identificador>BOCM-20110518-240</identificador>
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    <fecha_publicacion>2011/05/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 39. Ejecución 202 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>116</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 240 
 Ejecución 202 de 2010 
  Doña Margarita Martínez González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 202 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gelu Ionut Viziru, contra la empresa “Kmon Madrid, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado resoluciones en fechas 16 de noviembre de 2010 y 23 de febrero de 2011, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
  Parte dispositiva:
  Despachar la ejecución solicitada por don Gelu Ionut Viziru, contra “Kmon Madrid, Sociedad Limitada”, por un importe de 9.471,18 euros de principal, más 568,27 euros de intereses y 947,11 euros de costas que se fijan provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal), a constar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe..La secretaria judicial (firmado)..La magistrada-juez de lo social (firmado).
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  En atención a lo expuesto, se acuerda:
  a)  Declarar a la ejecutada “Kmon Madrid, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 9.471,18 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
  De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral, remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.
  Habiendo sido devuelto acuse de recibo a la parte ejecutada, procédase a notificar las resoluciones de fecha 16 de noviembre de 2010, así como la presente por medio de exhorto dirigido al Juzgado Decano correspondiente de Fuenlabrada.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 186 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones” número 4283/0000/00/1397/09 en “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Kmon Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 6 de abril de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/15.610/11)</texto>
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