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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>FUENTE EL SAZ DE JARAMA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/05/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Fuente el Saz de Jarama. Régimen económico. Impuesto actividades económicas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>117</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Fuente el Saz de Jarama</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE FUENTE EL SAZ DE JARAMA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 87 
 Impuesto actividades económicas 
  Por la presente y en aplicación de los artículos 90 y 91 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, mediante el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 3 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, sobre normas para la gestión del impuesto sobre actividades económicas, pongo en general conocimiento la exposición pública de la matrícula del impuesto sobre actividades económicas correspondientes al ejercicio 2011, desde el día 13 al 31 de mayo.
  La matrícula está constituida por el censo de los sujetos pasivos que ejercen actividades económicas en el municipio y que reúnen la condición de obligados tributarios (que tributan por cuota municipal y no están exentos) del impuesto. Asimismo, se encuentra a disposición del público la matrícula comprensiva de aquellos sujetos pasivos cuyo domicilio fiscal radica en este municipio y tributan por cuota nacional, a tenor de lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero.
  Durante el plazo indicado de exposición al público, y a tenor de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Departamento de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento (plaza de la Villa, número 1, planta baja, Fuente el Saz de Jarama, de lunes a viernes, de nueve a catorce) proporcionará a los contribuyentes que lo soliciten la información de los referidos censos que directamente les afecten.
  Recursos:
  Cuotas municipales: contra los actos censales de inclusión, exclusión o alteración de los datos contenidos en la matrícula del impuesto sobre actividades económicas, los interesados podrán interponer recurso de reposición previsto en el artículo 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, ante la alcaldesa-presidenta, en un plazo de un mes, contando a partir del día siguiente al del término del período de exposición pública de la matrícula; contra la resolución del recurso de reposición podrá formular reclamación económico-administrativa en el plazo de un mes, ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional.
  Cuotas nacionales: contra los actos censales de inclusión, exclusión o alteración de los datos contenidos en la matrícula del impuesto sobre actividades económicas, los interesados podrán interponer recurso de reposición potestativo ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria o reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional.
  La interposición del recurso de reposición o reclamación económico-administrativa contra los actos citados no originarán la suspensión de los actos liquidatorios municipales subsiguientes.
  Fuente el Saz de Jarama, a 26 de abril de 2011..La alcaldesa, Mónica García Carabias.
  (02/4.184/11)</texto>
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