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    <titulo>Madrid número 6. Demanda 1.542 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 54 
 Demanda 1.542 de 2010 
  Doña Eva San Pablo Moreno, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.542 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Iván Gil Arias y don Pablo Izquierdo Llena, contra las empresas “Logística Getafe, Sociedad Limitada”, y “Logística Villanueva Alonso, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 18 de febrero de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Fallo
  Que estimando parcialmente la demanda formulada por don Iván Gil Arias y don Pablo Izquierdo Llena, contra las codemandadas “Logística Getafe, Sociedad Limitada”, y “Logística Villanueva Alonso, Sociedad Limitada”, debo hacer los siguientes pronunciamientos:
  1.o  Absolver a la empresa “Logística Getafe, Sociedad Limitada”, de los pedimentos deducidos en su contra.
  2.o  Declarar improcedente el despido de los actores de fecha 29 de octubre de 2010, condenando a la empresa “Logística Villanueva Alonso, Sociedad Limitada”, a que, en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de notificación de la presente resolución, opte entre readmitir a los trabajadores en las mismas condiciones anteriores al despido o indemnizarles en las sumas que seguidamente se indicará, con abono, en todo caso, de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de notificación de esta sentencia, y todo ello sin perjuicio de la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial para caso de insolvencia empresarial.
  A don Iván Gil Arias: 1.912,91 euros.
  A don Pablo Izquierdo Llena: 1.978,84 euros.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Logística Getafe, Sociedad Limitada”, y “Logística Villanueva Alonso, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 15 de abril de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/16.076/11)</texto>
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