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    <identificador>BOCM-20110526-145</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/05/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>San Lorenzo de El Escorial número 1. Juicio de faltas 469 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>123</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 145 
 Juicio de faltas 469 de 2009 
  Doña Berta Bonete Satorre, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de San Lorenzo de El Escorial.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 469 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En San Lorenzo de El Escorial, a 16 de abril de 2010..Vistos por mí, don Javier Martín Mesonero, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de San Lorenzo de El Escorial, los presentes autos de juicio de faltas que se siguen en este Juzgado con el número 469 de 2009, y en los que figuran: como denunciante, doña Elda Amalia Vaamonde Lopilato, y como denunciada, doña Nuria Massaque Conejero.
  Fallo
  Absolver a doña Nuria Massaque Conejero, con expresa declaración de las costas de oficio.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Elda Amalia Vaamonde Lopilato, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en San Lorenzo de El Escorial, a 28 de abril de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/17.320/11)</texto>
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