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    <identificador>BOCM-20110528-14</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2011/05/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Convenio colectivo
– Resolución de 7 de abril de 2011, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial del convenio colectivo del Sector de Comercio de la Piel en general, suscrita por la Asociación Comerciantes de Calzado, Asociación Almacenistas de Curtidos, Asociación Comerciantes de Marroquinería, Asociación Empresarial de Peletería, COPYME, CC OO y UGT (código número 28000775011981)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>125</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>D) Anuncios</apartado>
    <organismo>CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN</organismo>
    <tipo_disposicion>RESOLUCIÓN</tipo_disposicion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN 
 
 14 
 RESOLUCIÓN de 7 de abril de 2011, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial del convenio colectivo del Sector de Comercio de la Piel en general, suscrita por la Asociación Comerciantes de Calzado, Asociación Almacenistas de Curtidos, Asociación Comerciantes de Marroquinería, Asociación Empresarial de Peletería, COPYME, CC OO y UGT (código número 28000775011981). 
  Examinada el acta de revisión salarial del convenio colectivo del Sector de Comercio de la Piel en general, suscrita por las partes arriba mencionadas, el día 10 de febrero de 2011; completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto; en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo; en el artículo 6.1.a) del Decreto 150/2007, de 29 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y Mujer, y en el Decreto 15/2010, de 18 de marzo, por el que se fusionan la Consejería de Empleo y Mujer y la Consejería de Inmigración y Cooperación de la Comunidad de Madrid, esta Dirección General
  RESUELVE
  1.o  Inscribir dicha revisión salarial en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.
  2.o  Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Madrid, a 7 de abril de 2011..El Director General de Trabajo, PS (Orden 75/2011, de 18 de enero), la Gerente del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.
  Acta de la revisión salarial del año 2010 del convenio colectivo de Comercio de la Piel en general de la Comunidad de Madrid
  En Madrid, a 10 de febrero de 2011, siendo las dieciséis y treinta horas, se reúnen en los locales de la Asociación de Comerciantes de Calzado de Madrid, sitos en la calle Castelló, número 117, oficina 433, 28006 Madrid, los representantes de las asociaciones empresariales de: Asociación de Comerciantes de Calzado; Asociación de Almacenistas de Curtidos; Asociación de Comerciantes de Marroquinería; Asociación Empresarial de Peletería y COPYME y los representantes de las centrales sindicales: Sindicato de Comercio, Hostelería y Turismo de CC OO de Madrid y Federación de Comercio, Hostelería, Turismo y Juego de UGT, a los efectos de realizar la revisión salarial del año 2010, del convenio colectivo de piel en general de la Comunidad de Madrid.
  Asistentes:
  Representación empresarial:
  Asociación de Comerciantes de Calzado:
  .	Don Jesús García Hita.
  .	Don Javier Bravo Alvear.
  Asociación de Almacenistas de Curtidos:
  .	Don José Miguel Martín Manzanares.
  Asociación de Comerciantes de Marroquinería:
  .	Don Jaime Ginés.
  Asociación Empresarial de Peletería:
  .	Don José Miguel Martín Manzanares.
  COPYME:
  .	Don Carlos Grande Tudela.
  Representación social:
  CC OO:
  .	Don Román Alonso Cerezuela.
  .	Don Juan Carlos de los Santos Tejedor.
  .	Doña Raquel Blanco Carpio.
  UGT:
  .	Don Francisco Arenas Murillo.
  .	Doña Belén Fernández Fonseca.
  EXPONEN
  Que las partes se reconocen capacidad legal suficiente, en virtud de lo establecido en los artículos 25 y 26 del convenio colectivo y en el Estatuto de los Trabajadores, para efectuar la revisión salarial del año 2010,
  ACUERDAN
  Primero
  Realizar la revisión salarial del año 2010, de conformidad con lo establecido en los artículos 25 y 26 del convenio colectivo de la piel en general de la Comunidad de Madrid. 
  Tras constatar que el IPC real del año 2010 ha sido de un 3 por 100, la comisión paritaria acuerda proceder a efectuar la revisión salarial en la diferencia entre el incremento inicial aplicado de un 1 por 100 y el IPC real de un 3 por 100, en consecuencia, la revisión salarial del año 2010 es de un 2 por 100 sobre las tablas vigentes en este momento, siendo el incremento total del año 2010 de un 3 por 100.
  La revisión salarial se aplicará con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2010 y su abono se realizará dentro del mes siguiente al mes de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Las tablas resultantes de 2010, después de la revisión salarial, se adjuntan en Anexo I a esta acta.
  Segundo
  Enviar el acta y sus Anexos a la Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid, para que, tras los trámites oportunos, sea registrada y ordenada para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, por ser de ámbito territorial. En este mismo acto, se designa a don Román Alonso Cerezuela, para que realice todas las gestiones necesarias para su registro y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Y los asistentes, leído lo que antecede, hallándolo de conformidad, firman la presente acta a los efectos oportunos, en lugar y fecha reseñados.
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  (03/16.998/11)</texto>
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