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    <identificador>BOCM-20110531-15</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno</departamento>
    <rango>ORDEN</rango>
    <fecha_publicacion>2011/05/31</fecha_publicacion>
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    <titulo>Concesión ayudas
– Orden 824/2011, de 11 de mayo, de modificación de la Orden 2980/2010, de 29 de diciembre, por la que se aprobaron las ayudas a deportistas y técnicos, correspondiente a la convocatoria del año 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>127</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
    <organismo>Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno</organismo>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO 
 
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 ORDEN 824/2011, de 11 de mayo, de modificación de la Orden 2980/2010, de 29 de diciembre, por la que se aprobaron las ayudas a deportistas y técnicos, correspondiente a la convocatoria del año 2010. 
  Mediante Orden 2459/2010, de 26 de octubre, se aprobaron las bases reguladoras y la convocatoria correspondiente al año 2010 de ayudas a deportistas y técnicos. 
  Mediante Orden 2980/2010, de 29 de diciembre, se aprobaron las ayudas a deportistas y técnicos, correspondiente a la convocatoria del año 2010.
  En la tramitación del pago de las ayudas concedidas de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9 y 19 de la Orden 2459/2010, de 26 de octubre, por la que se aprobaron las bases reguladoras y la convocatoria correspondiente al año 2010 de ayudas a deportistas y técnicos para el pago de la ayuda concedida, se han producido las siguientes incidencias: 
  El certificado emitido por la Federación Madrileña de Atletismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 de la Orden 2459/2010 respecto de don Alberto García Fernández no especifica que haya seguido desarrollando su actividad al nivel que le hizo merecedor de la misma, ni que, de acuerdo con la normativa federativa, se encuentra habilitado para representar a la Comunidad de Madrid en competiciones oficiales.
  En el certificado requerido en el artículo 19 emitido por la Federación Madrileña de Natación respecto de doña Nerea Junoy Gutiérrez y de doña Elba Moreno López se indica que no han seguido desarrollando su actividad al nivel que les hizo merecedoras de ayuda concedida.
  Doña Patricia Castro Ortega presenta, con fecha registro de entrada 21 de marzo de 2011, su renuncia a la ayuda concedida por incurrir en la incompatibilidad prevista en el artículo 10 de la citada Orden 2459/2010, al haber recibido una beca de la Fundación Madrid Olímpico.
  Por todo ello, en función de lo establecido en el artículo 9 de la Orden 2459/2010, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas en la legislación vigente,
  DISPONGO
  Modificar la Orden 2980/2010, de 29 de diciembre, en los siguientes términos:
  Revocar las ayudas concedidas a: Don Alberto García Fernández, doña Elba Moreno López, doña Nerea Junoy Gutiérrez y a doña Patricia Castro Ortega.
  Conceder la ayuda a los deportistas suplentes que se relacionan a continuación con indicación de las cuantías, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de la Orden 2459/2010: Don Javier Cartagena Teigell, 4.400 euros (atletismo); don José Manuel Abascal Calabria, 4.400 euros (atletismo); doña Ana María Fernández-Quejo Fernández, 2.200 euros (atletismo); don Gonzalo Más Gomara, 2.200 euros (atletismo), y don Ignacio Losantos Cañas, 2.200 euros (gimnasia).
  El pago de estas subvenciones se realizará con cargo a la partida 48390 del Programa 087 del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid, por un importe total de 15.400 euros.
  La presente resolución pone fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deportes y Portavoz del Gobierno, en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común; o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.1, en relación con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  Dada en Madrid, a 11 de mayo de 2011.
  		El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte 		y Portavoz del Gobierno, 		IGNACIO GONZÁLEZ GONZÁLEZ
  (03/18.749/11)</texto>
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