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    <identificador>BOCM-20110531-79</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>POZUELO DE ALARCÓN</departamento>
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    <fecha_publicacion>2011/05/31</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Pozuelo de Alarcón. Urbanismo. Proyecto urbanización Unidad Ejecución APE 3.2-02, Finca Ulecia</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>127</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN 
 URBANISMO
 
 79 
 Proyecto urbanización Unidad Ejecución APE 3.2-02, Finca Ulecia 
  En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 80.2.c) y concordantes de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se pone en general conocimiento que, la Junta de Gobierno Local, por acuerdo adoptado en sesión celebrada el 13 de abril de 2011, ha acordado aprobar definitivamente el proyecto de urbanización de la Unidad de Ejecución del APE 3.2-02, “Finca Ulecia”, promovido por “Decortienda 2000, Sociedad Anónima”. La parte dispositiva del mencionado acuerdo tiene el siguiente tenor literal:
  Único..Aprobar definitivamente el proyecto de urbanización de la Unidad de Ejecución del APR 3.2-02, “Finca Ulecia”, del Plan General de Ordenación Urbana, formulado por “Decortienda 2000, Sociedad Anónima”, con las siguientes condiciones establecidas en el informe del servicio de planeamiento y gestión:
  a)	En la ejecución de las obras se prestará una especial atención al replanteo y colocación final de los elementos de mobiliario urbano, de forma que la misma no entorpezca el paso de los peatones en general y de las personas con movilidad reducida en particular, evitando la aparición de barreras arquitectónicas y consiguiendo la mayor anchura útil posible de las aceras.
  b)	Se recuerda que, según lo establecido en el acuerdo de aprobación del Plan Parcial, para la compensación del arbolado afectado por el desarrollo del ámbito, y de cara al mantenimiento y mejora del patrimonio arbóreo del municipio, los promotores deberán entregar en el vivero municipal de Húmera los pies arbóreos que se indican: 48 unidades de “Platanus” hispánica de 16/18 centímetros de perímetro en contenedor. Esta compensación debe efectuarse antes de realizar cualquier labor sobre el arbolado.
  c)	Asimismo, se recuerda que el trasplante de los 12 pies arbóreos inventariados en el informe emitido por la Concejalía de Medio Ambiente al Plan Parcial se realizará con las condiciones del anexo 1 de dicho informe, y con la supervisión de dicha Concejalía.
  d)	También se recuerda que el arbolado existente en las parcelas no afectado por el desarrollo de las obras deberá protegerse con la aplicación de una serie de medidas de protección, de acuerdo con la ordenanza de protección ambiental del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón. En este sentido, en caso de que no fuese posible la integración de los 47 pies arbóreos que se dictaminaron “a conservar” en el informe emitido por la Concejalía de Medio Ambiente al Plan Parcial, se permitirá la actuación de tala para los mismos.
  e)	En la ejecución de las obras se adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar una adecuada protección del medio ambiente y, en especial, se tendrán presentes las siguientes:
  l	Se evitará la generación de polvo regando periódicamente y obligando a los camiones a circular con la carga cubierta.
  l	Se tomarán las medidas necesarias en caso de que se prevea sobrepasar los límites de ruido, permitidos durante la ejecución de las obras.
  l	Se prohibirán operaciones de mantenimiento de camiones y maquinaria en las que accidentalmente se puedan verter aceites, aguas residuales y carburantes.
  l	La capa de tierra vegetal que se retire se deberá acopiar, sin superar 1,5 metros de altura, abonarla y sembrarla con leguminosas.
  f)	Según los criterios y directrices fijadas por la Concejalía de Medio Ambiente del Ayuntamiento, la conservación, limpieza y trabajos culturales de las zonas verdes incluidas en el presente proyecto de urbanización será por cuenta de los promotores durante un plazo de dos años a partir de la fecha de recepción de las obras.
  g)	Antes de la recepción de las obras de urbanización se deberá acreditar y comprobar fehacientemente por el Ayuntamiento la realidad dimensional de las parcelas de cesión al mismo, para lo que, cuando el estado de ejecución de las obras lo permita, y con la antelación suficiente con respecto a la recepción de las mismas, los promotores solicitarán del Ayuntamiento que se realice dicha comprobación, facilitando a los servicios técnicos municipales los medios y condiciones necesarias para ello.
  h)	Dado que en el proyecto de urbanización, para el tramo de conexión del vial de nueva creación con la plaza de la Constitución, solo se prevé la ejecución de la urbanización a nivel básico, el Ayuntamiento deberá tramitar las correspondientes previsiones económicas para completar, de forma coordinada, la urbanización de dicho tramo y que quede debidamente rematado. 
  Lo que se hace público para general conocimiento y demás efectos, significándole que, contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Ayuntamiento Pleno o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, o cualquier otro que estime procedente, indicándole que la interposición de recurso no paraliza la ejecutividad del acuerdo.
  Pozuelo de Alarcón, a 29 de abril de 2011..El teniente de alcalde titular del Área de Gobierno y Gestión de Urbanismo, Vivienda, Presidencia, Medio Ambiente, Obras, Servicios, Movilidad, Transportes y Patrimonio, Mariano Pérez-Hickman y Silván.
  (02/4.724/11)</texto>
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