<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20110601-231</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2011/06/01</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 39. Demanda 879 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>128</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2011-06-01-128190520110166</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/06/01/BOCM-20110601-231.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/06/01/BOCM-20110601-231.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2011/06/01/BOCM-20110601-231.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 231 
 Demanda 879 de 2010 
  Doña Margarita Martínez González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 879 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Alejandro Pilaguano Lema, contra la empresa “Complementos Bricoval, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 80 de 2011
  En Madrid, a 7 de marzo de 2011..La ilustrísima señora doña Margarita Rosa Robayna Perera, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 39 de Madrid y su partido, tras haber visto los presentes autos sobre proceso ordinario de reclamación de cantidad, entre partes: de una, como demandante, don Miguel Alejandro Pilaguano Lema, y de otra, como demandada, “Complementos Bricoval, Sociedad Limitada”, y con citación del Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia.
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por don Miguel Alejandro Pilaguano Lema, contra la empresa “Complementos Bricoval, Sociedad Limitada”, y con citación del Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, debo condenar y condeno a la empresa demandada al abono de la cantidad de 4.575,08 euros, más el interés legal previsto en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores.
  Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que, en su caso, incumba al Fondo de Garantía Salarial.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Complementos Bricoval, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 27 de abril de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/17.155/11)</texto>
</documento>