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    <identificador>BOCM-20110601-70</identificador>
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    <fecha_publicacion>2011/06/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid. Sala de lo Contencioso-Administrativa. Sección Novena. Procedimiento ordinario 219 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Tribunal Superior de Justicia de Madrid</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID 
 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
 Sección Novena
 EDICTO
 
 70 
 Procedimiento ordinario 219 de 2010 
  Don Joaquín Sampedro Escolar, secretario de la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
  Hago saber: Que en el recurso de procedimiento ordinario número 219 de 2010, seguido a instancias de “Telefónica Móviles España, Sociedad Anónima Unipersonal”, contra el Ayuntamiento de Colmenarejo, ha recaído sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
  Fallamos
  Que, estimando parcialmente el presente recurso contencioso-administrativo número 219 de 2010, interpuesto por la procuradora de los tribunales doña Carmen Ortiz Cornago, en nombre y representación de “Telefónica Móviles España, Sociedad Anónima Unipersonal”, contra la ordenanza fiscal número 26 del Ayuntamiento de Colmenarejo, reguladora de la tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local a favor de empresas explotadoras o prestadoras del servicio de telefonía móvil, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 310, de 31 de diciembre de 2009, debemos anular y anulamos, exclusivamente, el artículo 5 de la misma por no ser ajustado al ordenamiento jurídico.
  No ha lugar a la imposición de las costas procesales causadas en esta instancia.
  Así, por esta nuestra sentencia, juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
  Publicación
  Leída y publicada ha sido la anterior sentencia en el mismo día de su fecha por la magistrada-juez doña Ángeles Huet de Sande, ponente que ha sido para la resolución del presente recurso contencioso-administrativo, estando celebrando audiencia pública esta Sección, de lo que, como secretario de la misma, doy fe..El secretario (firmado).
  (01/1.724/11)</texto>
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