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    <fecha_publicacion>2011/06/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Vitoria número 3. Autos 99 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>132</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE VITORIA NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE VITORIA NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 221 
 Autos 99 de 2011 
  Doña Cristina Arana Tamayo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Vitoria.
  Hago saber: Que en autos de lo social ordinario número 99 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Ibán Prusilla Muñoz, contra Fondo de Garantía Salarial, “Fortis Bank, Sociedad Anónima”, don Manuel Huerta González, don Antonio Moreno Rodríguez y “Servicios Técnicos Avanzados y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:
  En Vitoria-Gasteiz (Álava), a 5 de mayo de 2011..Vistos por la ilustrísima señora doña Patricia Teresa Rodríguez Arroyo, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Vitoria-Gasteiz (Álava), los presentes autos número 99 de 2011, seguidos a instancias, de la letrada doña Olga Ugarte, en nombre y representación de la central sindical ELA y de su afiliado don Ibán Prusilla Muñoz, contra la empresa “Servicios Técnicos Avanzados y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, y contra la administración concursal de esa mercantil: don Manuel Huerta González, don Antonio Moreno Rodríguez y “Fortis Bank, Sociedad Anónima”; con intervención del Fondo de Garantía Salarial, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia número167 de 2011:
  Fallo
  Que estimando íntegramente la demanda formulada por doña Olga Ugarte, en nombre y representación de la central sindical ELA y de su afiliado don Ibán Prusilla Muñoz, contra la empresa “Servicios Técnicos Avanzados y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, y contra la administración concursal de esa mercantil (don Manuel Huerta González, don Antonio Moreno Rodríguez y “Fortis Bank, Sociedad Anónima”), debo condenar y condeno a la demandada “Servicios Técnicos Avanzados y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, a abonar a la parte actora la cantidad de 1.791,06 euros, más el 10 por 100 de interés por mora, condenando a las codemandadas a estar y pasar por esta declaración.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios Técnicos Avanzados y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Vitoria-Gasteiz, a 5 de mayo de 2011..La secretaria judicial (firmado).
  (03/17.927/11)</texto>
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