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    <fecha_publicacion>2011/06/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Getafe número 4. Juicio de faltas 243 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>148</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 62 
 Juicio de faltas 243 de 2010 
  Doña María Paz Laso Pérez, secretaria del Juzgado de instrucción número 4 de Getafe.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 243 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia
  En Getafe, a 15 de septiembre de 2010..Vistos por mí, ilustrísimo señor don Francisco Javier Achaerandio Guijarro, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 4 de Getafe, los presentes autos de juicio de faltas inmediato número 243 de 2010, en los que ha sido parte el señor fiscal, y como implicados: don Gavril Andreica, con documento nacional de identidad número 6.703.448, con domicilio en Getafe, avenida de José Manuel Ripollés, número 2, en calidad de denunciante, y don Florián Glavan, con documento nacional de identidad número X-6257112-P, con domicilio en San Fernando de Henares, calle Albufera, número 2, en calidad de denunciado, y como perjudicada, “El Corte Inglés, Sociedad Anónima”, con domicilio a efectos de notificaciones en Getafe, avenida del Comandante José Manuel Ripollés, número 2, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que debo absolver y absuelvo libremente de los hechos que se le imputaban a don Florián Glavan, con declaración de las costas del presente procedimiento de oficio.
  Cese el depósito que se hubiese constituido sobre las mercaderías.
  La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación, todo ello si no hubiese sido notificada antes y declarada firme en el acto del juicio oral.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Florián Glavan, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Getafe, a 14 de marzo de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/20.631/11)</texto>
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