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    <fecha_publicacion>2011/06/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Getafe número 4. Juicio de faltas 142 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>148</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 63 
 Juicio de faltas 142 de 2010 
  Doña María Paz Laso Pérez, secretaria del Juzgado de instrucción número 4 de Getafe.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 142 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia
  En Getafe, a 25 de mayo de 2010..Vistos por mí, ilustrísimo señor don Francisco Javier Achaerandio Guijarro, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 4 de Getafe, los presentes autos de juicio de faltas número 142 de 2010, en los que han sido partes: como acusación pública, el ministerio fiscal; como implicados, doña Felisa Tomé Bueno, con documento nacional de identidad número 2.030.880, con domicilio en Getafe, calle San Martín de la Vega, número 3, bajo B, en calidad de denunciante; perjudicada, doña Verónica Arrieta Castellanos, con documento nacional de identidad número 47307601-M, con domicilio en Getafe, avenida de los Ángeles, número 7, primero D, y don José Manuel Zapatero Blanco, con documento nacional de identidad número 47.307.601, con domicilio en Getafe, avenida de los Ángeles, número 7, cuarto D, ambos en calidad de denunciados, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don José Manuel Zapatero Blanco, como autor responsable de una falta de lesiones, a la pena de treinta días de multa, con una cuota diaria de 5 euros, y a que indemnice en 720 euros a doña Felisa Tomé Bueno, así como a la mitad de las costas del presente procedimiento.
  Que debo absolver y absuelvo a doña Verónica Arrieta Castellanos de los hechos que se le imputaban, con declaración de la mitad de las costas de oficio.
  La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación, todo ello si no hubiese sido notificada antes y declarada firme en el acto del juicio oral.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don José Manuel Zapatero Blanco, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Getafe, a 14 de marzo de 2011..La secretaria (firmado).
  (03/20.658/11)</texto>
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