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    <fecha_publicacion>2011/06/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 5. Demanda 862 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5 
 EDICTO
 
 123 
 Demanda 862 de 2010 
  El secretario judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 862 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Boguslawa Stanislawa Kedzior, contra la empresa “Rúcula Food, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 313 de 2011
  En nombre del Rey..En Madrid, a 23 de mayo de 2011.
  Vistos por la ilustrísima señora doña Ángela Mostajo Veiga, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de Madrid, los presentes autos sobre cantidad, siendo partes en los mismos: de una, como demandante, doña Boguslawa Stanislawa Kedzior, asistida por el letrado don Daniel Martín García, y de otra, como demandada, “Rúcula Food, Sociedad Limitada”, que no comparece, y con citación del Fondo de Garantía Salarial, que no comparece.
  Fallo
  Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña Boguslawa Stanislawa Kedzior, contra “Rúcula Food, Sociedad Limitada”, y con citación del Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa a que abone a la actora la suma de 3.000 euros.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Rúcula Food, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 30 de mayo de 2011..El secretario judicial (firmado).
  (03/21.638/11)</texto>
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